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Alerta laboral22 de septiembre de 2026

Resolución de la SUNAFIL/TFL: solo se indemnizarán accidentes laborales si el empleador incumple su deber de prevención

Resolución N.º 010-2024-SUNAFIL/TFL-Primera Sala.

El Tribunal de Fiscalización Laboral, mediante la Resolución N.º 010-2024-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, estableció que la indemnización por accidente de trabajo procede cuando se acredita que el empleador incumplió su deber de prevención en materia de seguridad y salud en el trabajo.

El criterio distingue entre la ocurrencia del accidente y la responsabilidad del empleador: no toda contingencia genera, por sí misma, la obligación de indemnizar. Análisis Laboral desarrolla los alcances de la resolución y sus implicancias para la gestión preventiva.

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